3.26.2009

REGLAMENTO CAMPEONATO

REGLAMENTO GENERAL DE CAMPEONATOS

CAPITULO I

INSCRIPCION DE EQUIPOS Y SEDES

Art. 1- La Confederación Argentina de Hockey sobre Césped y Pista (C.A.H.), de conformidad con el art. 1, inc. a) y e) del Estatuto, organizará los Campeonatos y Certámenes Nacionales de acuerdo a las pautas que se consignan en el presente Reglamento.

Art. 2- Podrán participar en dichos certámenes los clubes o seleccionados de las afiliadas que se encuentren al día con las obligaciones impuestas por el Estatuto de la C.A.H. y los que la misma decida invitar a hacerlo, ya sean del interior o exterior del país.

Art. 3- Las sedes de los mismos se propondrán hasta la fecha que fije el Consejo Directivo.. La designación definitiva será efectuada por el Consejo Directivo.
Para la determinación de las sedes se tendrá en cuenta la distribución territorial de los certámenes a efectos de una mejor promoción del deporte, los tipos de superficies de las canchas disponibles y las condiciones de infraestructura.
Las sedes se designarán de manera que la inspección de la infraestructura, las mejoras y las modificaciones que deban ser realizadas puedan efectuarse con el tiempo suficiente.
Se designara una Sede Titular y otra Suplente. Estas designaciones no establecen derecho para otras futuras.

Art. 4- Cada postulante deberá completar el formulario asignado para cada postulación elaborado por la CAH.

Art. 5- En caso de que no haya postulantes para realizar un certamen, el Consejo Directivo tomará esa decisión por si, designando el lugar que estime más apropiado. En tal caso tendrá a su cargo todo lo concerniente a su organización y fiscalización, debiendo brindar su colaboración la sede elegida.

Art. 6- Hasta 180 días antes del certamen, el o los Directores designados por el Consejo Directivo podrán verificar la infraestructura ofrecida y elevaran un informe con indicación de las mejoras que fueren necesario efectuar y el tiempo previsto para su terminación, el que en ningún caso podrá exceder de los 90 (noventa) días previos al torneo.


Art. 7- En el caso de que la afiliada designada Sede Titular y/o Suplente informe, sobre la imposibilidad de cumplir con sus obligaciones, el Consejo Directivo se remitirá a lo establecido por el art. 5 del presente Reglamento. Este desistimiento deberá ser elevado a la C.A.H. como máximo hasta noventa días antes del torneo, caso contrario la afiliada será sancionada con una inhabilitación de dos años para organizar torneos y una multa equivalente a cinco aranceles de afiliación.

Art.8- Los participantes de los Campeonatos Argentinos de Selecciones y Campeonatos Argentinos de Clubes, deberán inscribirse INDEFECTIBLEMENTE en las fechas fijadas por la CAH. Deberán abonar al mismo tiempo, el arancel de inscripción aprobado por la Asamblea, en la forma que establezca el Consejo Directivo. Se entiende por Inscripción:

a) El envío por parte de la Afiliada, del formulario respectivo elaborado por la CAH.

b) El pago hasta la fecha fijada como vencimiento, del arancel aprobado por asamblea, en la forma que designe el Consejo Directivo de la Confederación.

c) Envío por fax a la Secretaria de la C.A.H. hasta la misma fecha, de la copia de la boleta de deposito o recibo, con nota de la Asociación depositante, especificando el destino del mismo.

Los equipos clasificados para representar a la C.A.H. en los Torneos Panamericanos de Clubes deberán cumplir los siguientes requisitos:

1) Confirmar por escrito por medio de la Asociación o Federación a la cual pertenezcan su inscripción, antes del 31 de marzo del año de realización del Torneo o de la fecha que fije el Consejo Directivo al conocerse el lugar y fecha de realización del mismo, si esto se produjera con posterioridad a la fecha antes establecida.

2) Efectuar un depósito de garantía, antes del 30 de junio del año de realización del Torneo o de la fecha que fije el Consejo Directivo al conocerse el lugar y fecha de realización del mismo, si esto se produjera con posterioridad a la fecha antes establecida, de un importe de U$S 500 (Dólares quinientos), el que le será reintegrado solo en el caso de su efectiva participación en el certamen y previo a la partida para disputar el mismo. Las formas de cancelación de este depósito serán establecidas por el C.D. de la C.A.H..

Si algún equipo se inscribiera cumpliendo lo prescripto por los apartados 1 y 2 precedentes, y luego desistiera de participar del Torneo, o se retirara del mismo, o cumpliendo lo fijado por el apartado 1 e incumpliendo en término lo establecido en el 2, además de las sanciones que para estos casos establece este reglamento, perderá su derecho a participar en los torneos nacionales de clubes en cualquiera de sus niveles y solo podrá volver a hacerlo a partir del año siguiente, a través de las plazas que le correspondan a su asociación o federación de origen. Igualmente, en caso de haberlo realizado, perderá el depósito de garantía establecido en el apartado 2, el que ingresará a rentas generales de la C.A.H..

El incumplimiento del plazo fijado por el apartado 1 precedente, implica el desistimiento de inscripción debiendo procederse según lo establecido por el párrafo siguiente, no teniendo ninguna sanción el equipo involucrado.

Inmediatamente de conocida la no participación de algún equipo clasificado, la C.A.H. deberá comunicar al ubicado en orden preferente en los respectivos Campeonatos Nacionales su derecho a participar representándola, debiendo fijarle plazos y condiciones similares a las establecidas precedentemente, para asegurar su participación.

Art. 9- La falta de cumplimiento de lo dispuesto por el art. 8 apartados a y b se sancionará con la caducidad de la inscripción, que se tendrá por no efectuada, además de las sanciones que se establecen para quienes no participen en los respectivos reglamentos de cada torneo.


CAPITULO II

DE LAS DELEGACIONES

Art. 10- Las Delegaciones estarán constituidas por; 1 Presidente, 1 Jefe de Equipo, 1 Director Técnico y hasta 20 jugadores, pudiendo incorporar 1 Preparador Físico, 1 Medico y 1 Kinesiólogo. La nómina definitiva o LISTA DE BUENA FE, deberá remitirse de manera tal que sea recibida en la misma en un lapso no inferior a los 5 (cinco) días, de la iniciación del torneo. Las mismas deberán ser confeccionadas mediante le SICAH (Sistema Informático de la CAH). El incumplimiento de lo establecido en el párrafo precedente será sancionado con una MULTA equivalente a un TERCIO del monto fijado para la inscripción mas gastos comunes de equipos en los distintos campeonatos.
La CAH remitirá vía mail dentro de los cinco (5) días antes de comenzado el torneo, las listas de buena fe de todos los clubes o selecciones participantes en el mismo.
Todos los participantes que cumplan los requisitos establecidos en el párrafo anterior, gozarán durante los torneos de los beneficios de un seguro por muerte o invalidez, y reintegro de gastos médicos con una franquicia que será informada por Circular de la CAH.
Los que no hayan presentado el listado en tiempo y forma, además de la sanción antes establecida, no gozarán de dichos beneficios y serán responsables de cualquier accidente que sufriera alguno de sus jugadores.
El Presidente de Delegación o el Jefe de Equipo (en caso de no haber Pte. De Delegación) será el responsable absoluto del comportamiento del equipo/s fuera del campo de juego y durante todo el transcurso del torneo.
Esta Lista de Buena Fe deberá ser ratificada o rectificada en la primera reunión de Delegados del Campeonato ante el Director del Certamen, debiendo ser comunicados los cambios por la Sede Organizadora a la CAH, en forma inmediata. Toda rectificación a las Listas de Buena Fe deberán ser realizadas por la Afiliada a través del SICAH hasta 2 horas antes del comienzo de dicha reunión. De no concurrir un delegado a dicha reunión, la lista de buena fe definitiva deberá ser entregada al Director del certamen antes del inicio de su primer partido. Además, en dicha Lista de Buena Fe deberá consignarse la fecha de nacimiento, el número del documento de identidad de los jugadores y el número de su respectiva casaca, en todas las Categorías. Los documentos deberán ser presentados a requerimiento del Director del certamen en cualquier momento del mismo. En el caso de las Categorías Juniors, Juveniles y Menores, los documentos de identidad deberán ser presentados en la Mesa de Control antes de la iniciación de cada partido en caso de extravío o renovación del DNI del jugador, se podrá presentar constancia de registro civil acompañado con otra identificación que posea datos y foto del jugador, (carnets, etc).La presentación del documento es requisito indispensable, no pudiendo participar quien no lo posea.
Los jugadores de una afiliada no podrán integrar los equipos de otra, salvo aquellos que hayan solicitado pase para jugar en otra afiliada a la de su origen, los que podrán optar por integrar la Selección de origen o la de su nueva Asociación o Federación.
Cuando se inscriba más de un equipo, la Delegación podrá ser encabezada por un solo Presidente.
Si bien los jugadores asentados en la lista de buena fe podrán ser hasta veinte (20), el número de los que se pueden incluir en la lista de cada partido será de dieciocho (18).
En todos los casos las listas de buena fe deberán estar conformadas por las autoridades de la Asociación o Federación respectiva y, en los casos de Clubes, además, por las autoridades de los mismos.

La lista de buena fe de Pista ( Sub 18 y Mayores) será de un total de 12 jugadores pudiendo integrar todos los jugadores el banco. Estando en la cancha con un máximo de 6 ( 5 jugadores y 1 arquero)

Las listas de buena fe tanto de clubes como de selecciones deberán ser confeccionadas vía intranet del Sistema Informático de la CAH, (SICAH).

Art. 11- Los equipos utilizarán para los partidos los colores distintivos de su respectiva Asociación y/o Federación o Club, teniendo la obligación de contar con otro color de alternativa. En los certámenes organizados por la CAH NO existen locales y visitantes a los fines de la Planilla de Juego. Por lo tanto los equipos deberán ponerse de acuerdo antes de cada partido los colores de su indumentaria de manera de no perjudicar la visión en el juego. De no existir dicho acuerdo el DT, o el que este designe. Propondrá quien de los dos equipos deberá cambiar su indumentaria. Los arqueros deberán usar obligatoriamente casco y careta, pechera, guantes, protector inguinal, abdominal, pads y zapatos y cualquier otro elemento de protección apropiado y/o recomendado. Para todos los jugadores será obligatorio el uso de canilleras y protector bucal.
Se autoriza la publicidad en la indumentaria; se prohíbe la publicidad de bebidas alcohólicas en Juniors, Juveniles y Menores, y para todas las categorías se prohíbe la publicidad tabacalera.

Art. 12- Desde doce horas antes de la prevista para la iniciación del certamen, las Delegaciones deberán cumplir con el programa de actividades previsto por la Entidad Organizadora y aprobado por el Director del mismo. En estricto cumplimiento del horario de comienzo, el equipo que no esté en condiciones de iniciar el partido a la hora estipulada, perderá los puntos en disputa.

Art. 13- Toda cuestión que se suscite durante el certamen será resuelta por el Director del mismo, con sujeción a este Reglamento.


CAPITULO III - FINANCIACION

GASTOS A CARGO DE LAS DELEGACIONES

Art. 14- Los gastos que demande el traslado de las Delegaciones desde su lugar de origen, los que se originen durante el certamen, y los correspondientes a su regreso son a cargo exclusivo de ellas.
Todo Equipo o Delegación que concurra a cualquier certamen de la C.A.H. deberá contratar obligatoriamente un seguro o cobertura médica. Esta cobertura deberá incluir prácticas hospitalarias, internaciones, etc. El control y responsabilidad del cumplimiento de esta disposición estará a cargo de la Asociación y/o Federación a la cual pertenezca el contingente participante.

GASTOS A CARGO DE LAS SEDES

Art. 15- Las Sedes se harán cargo de los siguientes gastos:
1) Los necesarios para la preparación de las canchas que se utilizarán en los Torneos. Sus pisos deberán ser lisos y adecuados para la práctica del hockey. Tendrán arcos, redes de hilo, banderillas y marcación reglamentaria, de acuerdo con las normas establecidas por la F.I.H. (Federación Internacional de Hockey)
2) Riego de las canchas entre partidos, si fuere necesario.
3) Remarcarlas entre los tiempos y/o partidos toda vez que fuera necesario.
4) En cada cancha se instalará una mesa de control con los siguientes elementos:
4.1.- Cinco sillas y una Tabla de Trauma
4.2.- Dos Cronómetros
4.3.- Dos bocinas con sus cargas
4.4.- Dos series de números del 1 al 20 de 20 x 40 cm. c/u para los cambios de jugadores.
4.5.- Una sombrilla o toldo
4.6.- Dos aros reglamentarios para la medición de los palos
4.7.- Dos soportes para palos de reserva
4.8.- Dos juegos de tarjetas para los árbitros y dos silbatos.
4.9.- Tres bochas como mínimo
4.10. Un reglamento actualizado de la Confederación
4.11. Instalar micrófonos y/o altoparlantes en las canchas donde se llevarán a cabo los encuentros
4.12. Preparar las planillas para los encuentros en original. No se entregarán copias a los equipos participantes, el original quedará en poder del DT quien lo remitirá a la CAH juntamente con el informe final. La copia quedará en la sede organizadora.
4.13. Preparar las planillas que suministre la C.A.H. para las designaciones de Arbitros y Jefes de Mesa, con la supervisión del Director del certamen.
5) Transporte interno de los árbitros.
6) Alojamiento y comida del Director del Campeonato y del Coordinador de Arbitros y su transporte interno y el de traslado desde y hasta su lugar de origen. El Transporte del Director del Campeonato y del Coordinador de árbitros será por vía aérea en todos los casos, salvo que se encuentren a menos de 500 km.
7) Traslado, alojamiento y comida del Director del certamen, en visitas de inspección anteriores al Campeonato.
8) Instalación de una Oficina de Cómputos con conexión a Internet lo mas cercano posible, que llevará los registros del certamen, y la tabla de posiciones
9) Confección de las credenciales necesarias para: Autoridades, Directores del certamen, Coordinador de Arbitros, Arbitros, Comisión Organizadora, Consejo Directivo de la Sede, Consejo Directivo de la Confederación, Jefes de Mesa, integrantes de las Delegaciones, acreditación de los Medios de Comunicación.
10) Cursar invitaciones a las autoridades oficiales locales, tanto provinciales como municipales.
11) Efectuar las gestiones necesarias para lograr que el Campeonato sea declarado de Interés Nacional y/o Provincial, Municipal y/o Turístico y Deportivo.
12) Preparación de una lista de personas aptas para cumplir la función de Jefes de Mesa.
13) PREMIOS: Copas para el 1º, 2º y 3º puestos, de distinto tamaño dentro del mismo diseño, de mayor a menor, y medallas doradas, plateadas y bronceadas, respectivamente para todos los integrantes de las Delegaciones que ocupen el 1º, 2º y 3º puestos. Los premios serán provistos por la C.A.H., la que cobrará a la entidad organizadora los importes respectivos.
A partir del año 2008 cada vez que se dispute un Campeonato Argentino de Selecciones Mayores se entregará al campeón una replica de la copa obtenida que tendrá en su poder hasta el certamen siguiente para que la misma sea entregada al nuevo campeón de esa categoría.
14) Provisión de Carpetas para las Delegaciones participantes y Autoridades intervinientes, con las normas y reglamento, fixture, indicaciones, nómina de autoridades y ubicación, lugares y teléfonos de los alojamientos de las Delegaciones, plano señalizado de los campos de juego y forma de acceso a los mismos, y referencias de interés, como centros médicos, teléfonos, fax, etc.


GASTOS COMUNES

Art. 16- Estos gastos incluyen:

16.1.) Traslado en avión, alojamiento y comida del Presidente del Consejo de Apelaciones designado por el Consejo Directivo.
16.2.) Asistencia médica de urgencia en cada campo de juego con un costo máximo de hasta $ 200 (doscientos pesos) por día de competencia.
Coordinación de los medios para traslado inmediato en caso de ser necesario.
16.3.) El transporte desde su lugar de residencia hasta la sede de la competencia, el alojamiento y la comida de todos los Arbitros participantes, con las siguientes limitaciones:
a) No podrán convocarse más árbitros que equipos participantes.
b) En concepto de transporte se reconocerá el precio del pasaje en coche cama, mas el traslado desde su residencia hasta la Terminal y viceversa.-
c) En concepto de alojamiento y comida se cargara a gastos comunes la suma de $ 180 (CIENTO OCEHENTA PESOS) por día y por árbitro a partir de la reunión de árbitros. De este importe la Sede Organizadora deberá entregar en efectivo, al Manager (Coordinador) de árbitros la suma de $ 95 por día por árbitro en concepto de comidas y meriendas diarias, restando los $ 85 correspondiente al 50 % del costo estimado de una habitación doble.

Los montos expresados en los puntos 16.2) y 16.3) serán ajustados anualmente de acuerdo a resolución de Consejo Directivo de la CAH.
16.4.) En caso de ser necesario designar ayudantes del Director del Torneo y/o del Coordinador de Arbitros, el de traslado desde y hasta su lugar de origen, alojamiento y comidas. El transporte de los ayudantes del Director del Campeonato y los de los ayudantes del Coordinador de Arbitros lo será vía aérea, en caso de que se encuentren a más de 500 kilómetros.
El Consejo Directivo de la Confederación establecerá anualmente el monto de inscripción de equipos, informándolo por Circular.
Veinte (20) días antes de la iniciación del certamen la sede organizadora remitirá a la tesorería de la Confederación una liquidación provisoria de gastos comunes, conforme la planilla provista por la misma, la que le girará el monto respectivo. A la finalización del certamen la sede organizadora remitirá a la Confederación en un plazo no mayor a quince días de finalizado el torneo, la liquidación definitiva de gastos comunes, procediendo la Confederación a reajustar el monto respectivo a cada sede organizadora. Si el importe a liquidar resultara inferior monto del valor establecido de acuerdo con lo dispuesto en la primera parte de este párrafo por la cantidad de equipos participantes en el torneo, la Confederación constituirá con la diferencia un fondo destinado a cubrir los certámenes en los que los gastos comunes superen dicho importe. Si los gastos superara el monto girado por la CAH y se respetaran las tarifas máximas correspondiente a Médico en campo de juego Pto, 16.2, y Arbitros Pto.16.3 inciso (c) la CAH reintegrará la diferencia.

CAPITULO IV

ORGANIZACION Y DESARROLLO DE CAMPEONATOS

Art. 17- Los Campeonatos que la C.A.H., organiza y desarrolla regularmente durante el año son los siguientes:

A) CAMPEONATO ARGENTINO DE SELECCIONES

1) Damas Mayores
2) Damas Sub 21
3) Damas Sub 18
4) Damas Sub 16
5) Damas Sub 14
6) Caballeros Mayores
7) Caballeros Sub 21
8) Caballeros Sub18
9) Caballeros Sub 16
10) Caballeros Sub 14
11) Pista Damas y Caballeros Mayores
12) Pista Damas y Caballeros Sub 18

B) CAMPEONATO ARGENTINO DE CLUBES:

1 - ‘A’
2 - ‘B’
3 - REGIONALES
4. PISTA

En los Campeonatos Argentinos participan las Selecciones de todas las Asociaciones y/o Federaciones afiliadas o invitadas que se inscriban cumpliendo los requisitos establecidos en este Reglamento y los que puntualmente disponga el Consejo Directivo.
En los Campeonatos Argentinos de Clubes, los participantes surgen de lo especificado en el artículo 59 de este Reglamento.
La Confederación podrá crear otras categorías en caso que estime necesario.

Art. 18- Para estos Campeonatos regirán las reglas de juego vigentes, dictadas por la Federación Internacional de Hockey (F.I.H).

Art. 19- Se considerarán Campeonatos de Alto Nivel los de Damas y Caballeros Mayores y de Clubes ‘A’, ‘B’. Los correspondientes a Seleccionados Sub 21, Sub18, Sub 16 y Sub 14 de Damas y Caballeros y regionales de Clubes se entenderán como Promocionales.

DIRECTOR DE TORNEO

Art. 20- El Consejo Directivo designará uno o más Directores de Campeonato, según corresponda, para cada certamen. Ellos podrán a su vez recurrir a la colaboración de ayudantes en el caso de considerarlo necesario.

Art. 21- Comprobarán que al momento de iniciarse el certamen se cuente con todos los elementos mínimos y esenciales para su normal desarrollo.

Art. 22- Presidirán una reunión que deberá convocarse con la suficiente antelación a la iniciación del certamen con los Presidentes y Jefes de Equipos de cada Delegación, en la cual les impondrán sobre las distintas disposiciones de este Reglamento, su Anexo y detalles específicos del certamen si los hubiere. Presidirán con el Coordinador de Arbitros una reunión con los árbitros y técnicos, a realizarse previo a la iniciación del certamen.

Art. 23- Serán responsables del fiel cumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento, del programa del certamen y de las resoluciones del Consejo de Apelación.
Resolverán igualmente, sobre los cambios de cancha e indumentaria de cada equipo; llevarán en forma documentada, los resultados de los distintos partidos, y comunicarán oficialmente las posiciones finales.
El Director del Campeonato aplicará sanciones que no excedan los partidos de dicho certamen, debiendo elevar los antecedentes a la C.A.H., los que serán remitidos al Tribunal de Disciplina en aquellos casos que considere graves o que, a su criterio, la sanción debe exceder los partidos del certamen, a los efectos que dicho Tribunal dicte la sanción definitiva.
El Director del Campeonato ratificará o no el resultado de los partidos, decisión que podrá ser apelada ante el Consejo de Apelaciones si no fuera aplicado correctamente el Reglamento.
En todos los casos la apelación se resolverá de acuerdo al presente Reglamento.

Art. 24- No podrán variar lo establecido por este Reglamento, como tampoco el Programa de Partidos, salvo causa de fuerza mayor. El programa de Partidos deberá ser confeccionado por el Consejo Directivo de la Confederación Argentina de Hockey sobre Césped y Pista y, una vez confeccionado, no podrá variarse, salvo causa de fuerza mayor.

Art. 25- Al finalizar el Campeonato deberán elevar un informe completo al Consejo Directivo de la C.A.H. en su primer reunión posterior al certamen.

Art. 26- Los Ayudantes tendrán todas las facultades de los Directores Titulares, en el caso de actuar en su reemplazo por ausencia o por que éstos se las hubieran asignado, antes y/o durante el certamen.

Deberá enviar los resultados diarios del Torneo a la oficina de la CAH vía correo electrónico, prensahockey@cahockey.org.ar

ARBITROS Y COORDINADOR DE ARBITROS

Art. 27- La nómina de Arbitros y Coordinador de Arbitros para los respectivos Campeonatos, será propuesta por la Comisión de Arbitros de la C.A.H. y aprobada por el Consejo Directivo de la misma.
La Comisión de Arbitros de la C.A.H. tomará las medidas que correspondieran cuando un árbitro no cumpliera o no hiciera cumplir el Reglamento del Certamen, por las siguientes razones:

a) Por mal comportamiento antes, durante y después de cada partido.
b) Por mal desempeño de sus funciones.
c) Por falta de ética y de las buenas costumbres del deporte.

El Coordinador de Arbitros está facultado para actuar de inmediato si se cometiera alguna de estas infracciones u otras similares, como también enviar al infractor a su lugar de origen.
Deberá informar al Director del Campeonato de la decisión adoptada.
Los Coordinadores de Arbitros tendrán como función, además de la señalada precedentemente:

- Asesorar al Director del certamen, proponerle la designación de los árbitros para cada partido y efectuar las calificaciones correspondientes en forma conjunta.-
- Queda terminantemente prohibido designar para un cotejo a árbitros nacionales que pertenezcan a la misma Asociación / Federación de los equipos participantes del mismo. Dicha disposición tiene vigencia tanto para los campeonatos nacionales de Clubes como de Selecciones, exceptuando la LNH.

Art. 28- Las afiliadas estarán obligadas a presentar un árbitro nacional por cada seleccionado que inscriba, tomándose como base la participación de los seleccionados del año inmediato anterior.
De lo contrario el costo de la inscripción se vera incrementado en un 10%, por cada seleccionado excedente.
Ejemplo:
Participación de seleccionados año 2008: 6 ( seis)
Cantidad de árbitros nacionales s/circular Nº 5-2009, 4 árbitros nacionales
Inscripción de seleccionados 2009: 6 (seis)
Costos de inscripción año 2009: Seleccionados 1;2;3y4 por x $ 1.800, Seleccionados 5; y6 x $ 1.980.

A partir de los certámenes del año 2010, deberán presentar 1 árbitro por equipo que inscriban en los Campeonato Argentinos de Selecciones, caso contario no se inscribirán los equipos.

Art. 29- Las Asociaciones y/o Federaciones que deseen y deban calificar árbitros, deberán presentar por nota a sus postulantes tal cual lo especifica el Plan Nacional de Capacitación de cada año, quienes deberán cumplir con todos los requisitos que fije la Comisión de Árbitros para ser admitidos como árbitros nacionales.

Art. 30- En caso de que un árbitro designado por la Comisión de Arbitros de la C.A.H. no pudiera concurrir a determinado certamen, podrá ser reemplazado por otro árbitro. Estos reemplazos serán comunicados al Coordinador de Arbitros y previo al inicio de cada certamen. Los árbitros designados no podrán desempeñarse en el mismo certamen en ninguna otra función.

Art. 31- Se fija como edad máxima la de 40 años para Arbitros Postulantes.

Art. 32- Es de carácter obligatorio para las Asociaciones y/o Federaciones informar a la Comisión de Arbitros de la C.A.H. si algún Arbitro Nacional fuera sancionado en su Asociación de origen. Indicando claramente cuando comienza y cuando cumple la sanción impuesta. Los árbitros que al momento de las designaciones estuvieren sancionados por la Asociación y/o Federación a la que pertenecen, no serán designados en ningún certamen de la C.A.H. hasta tanto no sea informada la Comisión de Arbitros de la C.A.H. en forma oficial del cumplimiento de la sanción.

Art. 33- En caso de no cumplirse con lo establecido en el artículo precedente la Comisión de Arbitros de la C.A.H. elevará al Tribunal de Penas él o los casos que fueran denunciados y/o detectados, para que se actúe en consecuencia.

Art. 34- Las Categorías de los Arbitros Nacionales serán las que detallan a continuación:
INTERNACIONALES: Arbitros aptos para dirigir en todas las Categorías y en todos los Certámenes organizados por la C.A.H.
NACIONALES ‘A’: IDEM anterior; Excepto partidos Internacionales Oficiales.
NACIONALES : Arbitros aptos para dirigir todas las Categorías;

Art. 35- Los árbitros representativos de una Asociación y/o Federación que hayan dirigido para éstas en algún Certamen dentro del año calendario y dejaran de hacerlo, no podrán arbitrar para otra en los restantes certámenes, hasta tanto la Comisión de Arbitros de la Confederación Argentina de Hockey (C.A.H.) los autorice a arbitrar para esa otra Asociación.
En caso de que un arbitro nacional comenzara a dirigir para una Asociación distinta a la que pertenece según la última circular, deberá presentar una nota avalada por las Asociaciones a la cual pertenecía y a la cual representará en el futuro. La Comisión de Árbitros de la CAH analizará la presentación y la presentará para su aprobación al Consejo Directivo de la CAH.

Art. 36- Al recibir un árbitro su designación para un determinado Certamen deberá comunicar a la C.A.H., mediante correo electrónico, en los plazos establecidos en la circular de la designación, su participación o no a él. De no poder concurrir deberá explicar los motivos. La Comisión de Arbitros de la C.A.H. tendrá la información de inmediato para proceder a su reemplazo.

Art. 37- Todos los temas de Arbitros serán informados al Consejo Directivo de la C.A.H., ya sea para su conocimiento, como para su aprobación, y de acuerdo al o a los casos de que se tratare. Todas aquellas situaciones no contempladas en las normas sobre Arbitros, serán resueltas por la Comisión de Arbitros de la C.A.H. e informadas al Consejo Directivo C.A.H.. Cuando se trataran de cuestiones y/o situaciones que importen modificar sustancialmente alguna regla o al espíritu de un certamen o de este Reglamento, las mismas indefectiblemente deberán ser aprobadas por el Consejo Directivo de la C.A.H..

Art. 38- Previamente a la iniciación del Campeonato o Torneo, los árbitros deberán concurrir a una reunión que citará el Coordinador de Arbitros y el Director del certamen a efectos de aunar criterios y acordar las líneas generales dentro de las cuales deberán ceñir su actuación.

Art. 39- Las designaciones para cada partido serán entregadas a la finalización de cada jornada por el Coordinador de Arbitros, al Director del certamen.

Art. 40- Los árbitros deberán presentarse con una indumentaria que los distinga perfectamente de los competidores y mantendrán durante el certamen una actitud acorde con su investidura. La publicidad en la vestimenta de los árbitros deberá ser aprobada por el Consejo Directivo de la C.A.H.

Art. 41- Finalizado el Certamen el Coordinador de Arbitros deberá presentar un informe a la Comisión de Arbitros de acuerdo al Anexo desarrollado a tal fin, el que oportunamente será elevado al Consejo Directivo, en su primera reunión después del certamen respectivo.

CONSEJO DE APELACIONES

Art. 42- Estará constituido por tres miembros: un Presidente designado por el C. D. de la C.A.H. y dos vocales designados por el Presidente en la reunión realizada conforme lo establece el artículo 22 de este Reglamento o, en su defecto, por un Presidente y dos vocales designados por el Director del Torneo en la reunión antes citada.

Serán funciones del Consejo de Apelaciones:

a) Decidir a requerimiento del Director del Campeonato o Torneo, en todas las divergencias que se susciten durante el certamen.

b) Resolver las cuestiones de índole disciplinario que sean sometidas a su consideración.

c) Ser instancia de apelación en todo lo prescrito por el presente reglamento y sus resoluciones serán inapelables.

Toda apelación deberá ser acompañada por un pago igual al monto que en concepto de inscripción fije el Consejo Directivo de la CAH anualmente. Mismo importe se aplicará para las apelaciones que se realicen dentro del ámbito de la LNH2009.
La misma deberá ser presentada por escrito ante del Director el certamen, dentro de los 60 (sesenta) minutos de finalizado el encuentro o del hecho que da lugar a la apelación. El importe del pago de la apelación se reintegrará en caso de que la resolución apelada se modifique, total o parcialmente, a favor del peticionante.
Toda apelación que se realice luego de finalizado el torneo también deberá estar acompañada de un pago equivalente al monto arriba señalado.

MESA DE CONTROL Y PLANILLAS

Art. 43- Para todos los partidos se habilitará una Mesa de Control que estará integrada por un Jefe de Mesa designado por el Director del Certamen sobre la base de la nómina presentada por la Sede organizadora y por dos jueces ayudantes designados para tales funciones.

Art. 44- Será función de la Mesa de Control:

a) Controlar el uso de palos reglamentarios. Los palos no autorizados quedarán reservados en la mesa de control hasta la finalización del partido.

b) Indicar la finalización de cada tiempo del partido, siendo responsabilidad de la misma cronometrar los períodos del desarrollo del mismo.

c) Controlar la confección de la planilla respectiva. La que será firmada solamente por el capitán de cada equipo en representación de sus jugadores.

d) Controlar la sustitución de jugadores titulares y suplentes.

e) Consignar en la planilla el resultado parcial (1er. tiempo) y final del partido. En los casos de definición por penales, anotará cada ejecución consignando él número del jugador que lo realiza y el resultado logrado.

f) Consignar en las planillas la aplicación de las distintas sanciones que se hayan aplicado.

g) Controlar el buen comportamiento de los bancos de suplentes

h) Controlar que dentro del perímetro interior limitado por el alambrado de la cancha, no permanezca ninguna persona ajena a las autorizadas en cada encuentro

i) No permitir la permanencia del público detrás de la Mesa de Control, Banco de Suplentes y sectores de la línea de fondo marcada por los límites del área (que incluye el arco).

j) No permitir la permanencia en el campo de juego de ningún jugador con herida sangrante o con sangre en su cuerpo o vestimenta. En este último caso el jugador podrá reingresar previo cambio de ropa

k) Consignar en la planilla cualquier otro dato de observación o que se estime necesario tener en cuenta

l) Finalizado el encuentro, será responsabilidad del Jefe de Mesa entregar al Director del certamen la planilla debidamente cumplimentada.


ll) Todo jugador que deba ser atendido dentro del campo de juego deberá, una vez rehabilitado, salir del mismo por 2´ como minino, pudiendo ser reemplazado por cualquier jugador suplente.


BANCO DE SUPLENTES - EDADES - DURACION DE LOS PARTIDOS

Art. 45- Los suplentes de los equipos participantes de un partido se ubicarán en sendos bancos colocados a cada lado de la Mesa de Control, debidamente separados del público. A ellos se podrán agregar el Director Técnico, el Jefe de Equipo y los auxiliares que cada Delegación haya indicado previamente en la lista de buena fe,
hasta un máximo de 11 (once) en total (siete jugadores, técnicos y auxiliares), que se elevará a 12 (doce) en caso de que la delegación tenga médico o kinesiólogo.

Art. 46- En las categorías Sub 14 únicamente podrán participar jugadores de 11, 12, 13 y 14 años cumplidos en el año de la competencia. En las categorías Sub 16 únicamente podrán participar jugadores de 13, 14, 15 y 16 años cumplidos en el año de la competencia. En las categorías Sub 18 únicamente podrán participar jugadores de 15, 16, 17 y 18 años cumplidos en el año de la competencia. En las categorías Sub 21 únicamente podrán participar jugadores de 16, 17, 18, 19, 20 y 21 años cumplidos en el año de la competencia. En las categorías mayores tanto en los Campeonatos Argentinos de Clubes como Selecciones podrán participar únicamente jugadores con 16 años o más cumplidos en el año de la competencia.
A partir del año 2008, para poder participar en las categorías mayores se deberá presentar una división menor. A partir del año 2010 una mayor y dos menores, a partir del año 2012 una mayor y tres menores, a partir del año 2014 todas las categorías (una mayor y cuatro menores). La presentación de las divisiones menores se deberá corresponder con el sector (masculino o femenino) en la que desea participar la entidad afiliada.

Art. 47- En las Categorías Mayores, Sub 21 y Sub 18 los partidos durarán 70 (setenta) minutos, divididos en dos tiempos de 35 (treinta y cinco) minutos, con un descanso de 5 (cinco) minutos como mínimo. En la Categoría Sub 16 los partidos durarán 60 (sesenta) minutos, divididos en dos tiempos de 30 (treinta) minutos, con un descanso de 10 (diez) minutos como mínimo.
En las categorías menores Sub 14 dos tiempos de 25 minutos cada uno con 10 minutos de descanso En todos los caso se jugaran de 11 jugadores.

CAMBIOS

Art. 48- Los cambios de jugadores se realizarán de acuerdo con las reglamentaciones vigentes y establecidas por la F.I.H.

SANCIONES A LOS JUGADORES

Art. 49- El jugador que acumule dos tarjetas amarillas tendrá un partido de suspensión. Igual pena le corresponderá a aquel que sea expulsado con tarjeta roja, salvo que el Director del Campeonato le aplique una sanción mayor. El informe del árbitro y el descargo del jugador expulsado deberán presentarse en el lugar y hora que determine el Director del certamen y/o Jefe de Mesa:


2 Tarjetas Amarillas = 1 PARTIDO DE SUSPENSION
1 Tarjeta Roja = 1 PARTIDO DE SUSPENSION COMO MINIMO
Una vez superada la etapa clasificatoria el cómputo de las tarjetas amarillas comienza nuevamente, dejando aclarado que si bien se elimina el cómputo de tarjetas, deberá hacerse efectiva la sanción por acumulación de las mismas.-

Art. 50- Las sanciones aplicadas en los Campeonatos Argentinos de Selecciones y/o de Clubes deberán ser cumplidas en los mismos.-
Son de aplicación las normas de funcionamiento del Tribunal de Penas dictadas por la Confederación Argentina de Hockey.

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